Curiosidades

lunes, 26 de octubre de 2009

¿Fue Trigueros capital de provincia?

El Real Decreto de 30 de noviembre de 1.883, que fijaba la actual división administrativa provincial, fue el resultado transaccional de un proceso complejo que traspasa los límites de lo puramente administrativo. La necesidad de una reorganización de las estructuras del Estado, que traduce ya la constitución gaditana de 1.812, responde, en efecto, a la imperiosa adecuación de las instituciones a las nuevas formas sociales, económicas, políticas…generadas por la crisis de un viejo sistema: el Antiguo Régimen. 

"la vuelta de Fernando VII detuvo los trabajos legislativos"

Los inicios del s. XIX representan, por tanto, un cambio, gradualmente importante para esta zona del país -quizá más trascendente que para otras-, pues por la nueva división administrativa, Huelva deja de pertenecer al Reino de Sevilla para convertirse ex novo en una de las ocho provincias andaluzas. Otra realidad, Andalucía, que frente al Reino de Castilla como imagen de España entera, comienza a gestarse en el transcurso de la crisis.
Con anterioridad, nunca existió una realidad administrativa llamada Huelva. En su lugar, el actual suelo provincial constituía un complejo mosaico jurisdiccional. Junto a los dominios reales (la llamada “Tierra de Sevilla”), es decir, las tierras del norte y mediodía provincial bajo dominio directo de la monarquía, toda la Costa y buena parte del Andévalo y Condado estaban sometidos a la jurisdicción de instituciones o particulares a título de señorío, de forma que casi dos terceras partes del territorio dependieron de estas instancias, convirtiéndose, como han señalado algunos historiadores, en “verdaderos Estados dentro de la monarquía Española”.
La villa de Trigueros, enclavada en el Condado de Niebla, pudo ser el ejemplo de una de las zonas sometidas en un proceso más intenso de señorialismo. Pues los titulares, la Casa de Medinasidonia, vincularon sus posesiones hasta construir, cuando Niebla se extienda hasta tierras gaditanas, uno de los núcleos más importantes e influyentes del país.
Desde fines del s. XVIII, sin embargo, se inicia un proceso profundo de cambio que acabará transformando la tierra señorial en propiedad particular y privada de los señores, uno de cuyos reflejos será la alianza entre esta nobleza y la burguesía agraria. Los antiguos señores se convierten ante todo en propietarios; las antiguas facultades jurídicas, hacendísticas y administrativas que ejercieron son paulatinamente abandonadas, debiendo ser suplantadas por nuevas instituciones: las emanadas por un liberalismo en formación.



En las Cortes de Cádiz ya se tomaba conciencia de la necesidad de “…una división más conveniente del territorio español”, encargándose a don Felipe Bausá su proyecto. Pero la vuelta de Fernando VII detuvo los trabajos legislativos y supuso la postergación de la nueva ordenación. Con la revolución de marzo de 1.820 y la vuelta al poder de los liberales resurge el deseo de una mejor organización del territorio sobre las bases anteriores. De nuevo Bausá con la ayuda del intendente don José Agustín de Larramendi presentaron a las Cortes un proyecto de “Mapa de España dividida en Provincias”, que, tras su aprobación, queda ordenada la aplicación provisional por el Decreto de Cortes de 27 de enero de 1.822. Es entonces cuando por primera vez se contempla nuestra actual provincia, aunque más tarde se modifique el trazado suroriental hasta conseguir los límites conocidos (en este primer ensayo, una línea al sur de Hinojos y con dirección a Torre de la Higuera desmembrada el entrañable ángulo que engloba El Rocío y Doñana en favor de Sevilla).
No obstante, una de las cuestiones más espinosas del plan liberal, la elección de la capital y, en algún sentido, el propio nombre de la provincia, tuvo aquí un curioso planteamiento. Parecía justo pensar que la implantación de la capital provincial significaba la recompensa al más rico legado histórico, a la vez que la apertura segura a un futuro de prosperidad. De ahí la suspicacia y el recelo de los pueblos que se consideraron merecedores de tal galardón: Huelva, Ayamonte, Moguer y Trigueros.
El estudio y la constitución provisional de nuevos Partidos -los actuales Partidos Judiciales-, como la base que pretendía homogeneizar los límites provinciales, abrió la polémica local en torno a que villa debía de ostentar la capitalidad. Fue entonces cuando desde Madrid se decidió constituir un partido con capital en Trigueros que, con nueve poblaciones, incluía la propia Huelva. Y, en efecto, Trigueros llegó a ejercer, aunque con carácter provisional, su nueva capacidad, como lo demuestra, entre otros documentos, el poder que don Eulalio Pérez, Pbro., confiere al procurador de Trigueros don Diego Fernández, otorgado el 24 de marzo de 1.821 en el “…Juzgado de 1ª Instancia de la villa de Trigueros, Capital de este Partido”.
La reacción, fundamentalmente de Huelva, no se hizo esperar. En una serie de escritos a las Cortes y a diversos e influyentes personajes la futura capital reivindicará sus derechos a través de diversos argumentos.
La realidad patente de las ventajas de Huelva se impuso, pues ciertamente Trigueros carecía cuanto menos de la infraestructura urbana para albergar las nuevas necesidades institucionales. Con sus 840 casas, sus calles de trazado irregular y escasamente empedradas, con la excepción de sus tres plazas (la “de San Antonio”, “Carmelitas” y “del Cabildo”), la villa se sumía en el mundo rural. Sus 790 vecinos (en torno a los tres mil quinientos habitantes)estaban dedicados por entero a la agricultura, con una rica producción de trigo, vino y aceite, que se podía complementar con unos hatos de ganado lanar, vacuno, cabrío y de cerda. Por lo demás, un reducido artesanado levanta pequeños hornos alfareros, siguiendo una tradición milenaria. Sus servicios son también deficitarios: una escuela “de instrucción primaria elemental”, sólo para niños (las niñas han de ir a enseñanzas particulares, las famosas “escuelas de amigas”; y un establecimiento de beneficencia anquilosado, el “Hospital de la Caridad”.
En cualquier caso, la vuelta al absolutismo político, en 1.823, dejó arrinconada por otros diez años más la reforma administrativa. La fecunda labor del Trienio fue sustituida por la caduca división de los antiguos reinos has que, como todo un símbolo, la muerte de Fernando VII abriera el camino del fin del legitimismo y la construcción del estado liberal. A partir de entonces, ya sin ningún tipo de discusión, Huelva se alzará con la capital de la provincia a la que da nombre y sus pueblos vecinos aceptaron de buen grado la definitiva resolución.

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